No procede el amparo cuando se trata de una reforma constitucional: AMLO
*Acusa de intromisión a jueces que piden frenar la Reforma Judicial
Sobre la injerencia del Poder Judicial en el Legislativo, el presidente López Obrador dijo que primero fue un juez y una jueza de Morelos dice que no deben enel Poder Legislativo enviar, en el caso de que se aprobara la reforma, no pueden enviarla a los Congresos estatales, locales, porque, como se trata de una reforma constitucional, no sólo se necesita la aprobación de una mayoría calificada en las dos cámaras, sino también se requiere que la mitad más uno de los Congresos locales apruebe. Pero esta juez dice: ‘No se envíe a los estados’, o sea, paran o pretenden detener el proceso legislativo.
Y para los que son respetuosos de la Constitución, de las leyes, es conveniente que sepan que en la Constitución está establecido que es facultad del Poder Legislativo discutir, aprobar las leyes de ningún otro poder. se establece en la Constitución sobre esto.
Indicó que esta también en la ley de amparo, no procede un amparo cuando se trata de una decisión que tiene que ver con la reforma constitucional que corresponde al Poder Legislativo, también está muy claro.
Pero es la Constitución, es la ley de amparo. Y, además, como estos temas en algún tiempo ya se trataron en la Suprema Corte, ya hay lo que se conoce como jurisprudencia, ya se ha debatido sobre esto y hay dos jurisprudencias.
Para llegar a la jurisprudencia, si no estoy equivocado, tienen primero que discutirse las llamadas tesis, y cuando se aprueban en una dirección un número determinado de tesis, ya pasan a ser jurisprudencia. Es un proceso. Y si ya está resuelto con claridad, no hace falta ninguna interpretación en la Constitución, en la ley de amparo y en la jurisprudencia del Poder Judicial. ¡Cómo es posible que quieran detener el proceso legislativo! Es una invasión franca, arbitraria a la facultad que tiene el Poder Legislativo, es una violación a la división y al equilibrio que debe de existir entre los poderes.
‘La presente Constitución puede ser adicionada reformada para que las adiciones o reformas lleguen a ser parte de la misma. Se requiere que el Congreso de la Unión, por el voto de las dos terceras partes de los individuos presentes —mayoría calificada—, acuerden las reformas o adiciones, y que estas sean aprobadas por la mayoría de las legislaturas de los estados y de la Ciudad de México. El Congreso de la Unión o la Comisión Permanente en su caso, harán el computo de los votos de las legislaturas y la declaración de haber sido aprobadas las adiciones o reformas’.
La ley de amparo, en su artículo 61 dice: ‘El juicio de amparo es improcedente contra adiciones o reformas a la Constitución Política de los Estado de México’ —así de claro—, contra actos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación’. O sea, no funciona el juicio de amparo, que es lo que están haciendo estos jueces.
Y existen, además, como comentaba, las tesis y las jurisprudencias sobre el mismo tema, manifestó.
Por eso es que la gente al principio a lo mejor tenía algunas dudas, pero ahora ya todo está muy claro.
Hablan de Estado de derecho, y es Estado de chueco. Y es un asunto no estrictamente jurídico, es un asunto —por tratarlo bien— político, en realdad politiquero porque ya están metidos ahí personajes de la política y de los partidos opuestos, del conservadurismo y otros personajes
