Grandes corporaciones protegidas por el Poder Judicial no pagan impuestos por 100 mmdp: AMLO

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*Tampoco resuelven el caso Lozoya y Colosio y en todos los casos tiene que haber justicia, dijo
Al referirse a Lozoya, Colosio y evasión de impuestos por 100 mmdp de empresarios protegidos por el Poder Judicial, el presidente Andrés Manuel López Obrador aseguró que en todos los casos tiene que haber justicia. Ya el país está cambiando y la justicia hacia adelante puede tardar, pero va a llegar, o sea, va a llegar.
Ejemplificó: el caso del asesinato del candidato Colosio, ¿se acuerdan que hablamos de cómo un juez niega la orden de aprehensión?, pues ya tengo el informe de la fiscalía en donde se está esperando una resolución, porque se presentó un recurso de queja. ¿Así es? Y el juez no quiere resolver.
Nos mandaron una nota de la fiscalía sobre eso, creo que ahí viene. Y ahí sí voy a testar, es decir, voy a tachar nombres, pero sí voy a dar a conocer algunos datos, voy a dar a conocer algunos casos de cómo el Poder Judicial tiene desde hace meses retenido audiencias y resoluciones sobre el pago de impuestos de grandes corporaciones. No les va a gustar, pero es dinero del pueblo. Sí, son asuntos que están parados en el Poder Judicial, los tienen detenidos en el Poder Judicial.
Consideró que se deben dar a conocer todos los casos, pero debe de haber 10, que signifiquen como 100 mil millones de pesos. Y ya llevan… Y voy a dar conocer los días que llevan sin actuar. No es el caso este de que ‘te doy 24 horas’, no, ahí no, ahí no aplica, ahí no aplica.
Sobre el caso Colosio dijo que el 30 de octubre se solicitó la orden de aprehensión en contra del probable segundo tirador en el homicidio de Luis Donaldo Colosio. ‘El 31 de octubre el Juzgado Quinto de Distrito de Procesos Penales Federales no aceptó la competencia declinando al Juzgado Primero de Distrito’, o sea, estuvieron ahí peloteando.
Luego, ‘el 7 de noviembre del 23, el Juzgado 1º de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de México no aceptó la competencia y ordenó regresarlo a Juzgado Quinto’.
‘El 23 de noviembre del 23 se solicita nuevamente la orden de aprehensión ante el Juzgado 5º de Distrito.
‘El jueves 4 de enero del 24 se ejercitó acción penal ante el Juzgado Quinto de Distrito de Procesos Penales Federales radicándose la causa penal 01/2024, y el 5 de enero del 24 se negó nuevamente la orden de aprehensión en contra de…’ esta persona.
‘El juez violó los principios de valoración de las pruebas y su función, porque no tomó en cuenta…’ Ahí hacen un listado los de la fiscalía, de las manchas de sangre en su chamarra y otras pruebas.
Son todas las pruebas. Existen dictámenes periciales, sí, de lo de la pólvora, existe todo, y se está esperando porque hubo un recurso de apelación el 8 de enero, el 15 de enero se admitió. ‘El 28 de febrero se desahogó audiencia de vista en la cual se ratificaron los agravios, desde esa fecha se ha verificado cada lunes la lista para ver si será resuelto en esa semana.
‘El 15 de junio del 24, solicitó la fiscalía audiencia con el magistrado —ahí está el nombre— del Tribunal Colegiado de Apelación, quien comentó que el tiempo para resolver el recurso de apelación planteado sería en promedio de cuatro meses’. Aquí está también la justicia rápida y expedita.
‘El 15 de julio del 24, se revisó la lista de asuntos a sesionar a cargo del magistrado del Primer Tribunal Colegiado de Apelación, pero no se encuentra contemplado para la sesión del 18 de julio del 24.
Y ya es la opinión de la fiscalía: ‘Si el primer Tribunal Colegiado de Apelación del Segundo Circuito confirma la negativa de orden de aprehensión, no procedería ningún recurso en virtud que ni el código procesal, ni la ley de amparo lo prevé. Ante ello, la fiscalía volvería a ejercer acción penal perfeccionando los medios de prueba que sean necesarios, atendiendo los argumentos del tribunal colegiado.
‘La nueva consignación por turno le correspondería nuevamente conocerla al Juzgado Quinto de Distrito del Estado de México con residencia en Toluca. Sin embargo, se considera que el titular de dicho juzgado ya se encuentra predispuesto en su criterio, por lo que se procurará invocar alguna causa de impedimento’, es decir, que sea otra instancia, otro juzgado el que atienda. Pero esto no hay que dejarlo, esto tiene que continuar así.
Y vamos a dar a conocer la lista de los casos en donde hay deudas con la hacienda pública y han pasado, en algunos casos, un año y no hacen nada, o sea, están archivados los expedientes.