Con 328 votos a favor, la Cámara de Diputados aprobó la Ley de Aguas; hubo 131 en contra

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*Agricultores inconformes pedían detener la sesión para dar más tiempo de analizar el dictamen

Luego de manifestaciones en las afueras de San Lázaro de inconformes y de modificar la orden del Día, la Cámara de Diputados aprobó en lo general, con 328 votos a favor, 131 en contra y 5 abstenciones, el dictamen que expide la Ley General de Aguas y reforma, deroga y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales, cuyo objetivo es reglamentar el ejercicio del derecho humano al agua y retomar y fortalecer la rectoría del Estado en el dominio y administración de las aguas nacionales.

El documento es una iniciativa de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, y diversas iniciativas coincidentes en la materia impulsadas por diputadas y diputados de Morena, PAN, PVEM, PT y MC.
Para la discusión en lo particular, el diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué (PVEM), en funciones de la presidencia de la Mesa Directiva, informó que se presentaron propuestas de modificación a la totalidad de los artículos contemplados en el proyecto de decreto.
El dictamen destaca que con la Ley General de Aguas se reglamenta el derecho humano al agua y saneamiento previsto en el artículo 4º constitucional, define las responsabilidades de los tres órdenes de gobierno en materia de acceso, disposición y saneamiento del agua para uso personal y doméstico, y establece las bases para el uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos, reconociendo su interdependencia con otros derechos humanos.
También, clarifica la distribución de competencias entre la Federación, las entidades federativas y los municipios, fomenta la cultura del agua mediante programas educativos y de participación ciudadana, y reconoce y fortalece los sistemas comunitarios de agua que operan en comunidades indígenas y rurales.
La Ley, que reglamenta el artículo 4º, párrafo octavo, de la Constitución Política en materia del derecho humano al acceso, disposición y saneamiento del agua para consumo personal y doméstico, determina las bases, apoyos y modalidades para su acceso, uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos, su interdependencia con otros derechos humanos, y distribuye competencias y establece los casos de concurrencia entre la Federación, entidades federativas y municipios. Las disposiciones de esta Ley son de observancia general en todo el territorio nacional, de orden público e interés social.
La Federación, entidades federativas y municipios, de manera coordinada y en el ámbito de sus respectivas competencias, concurrirán para el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de políticas públicas en materia del derecho humano al acceso, disposición y saneamiento del agua para consumo personal y doméstico, conforme al parámetro constitucional y convencional aplicable.
Es objeto de la Ley definir el contenido del derecho humano al agua y establecer las disposiciones que garantizan su acceso equitativo y su uso sustentable; promover, respetar, proteger y garantizar el derecho humano al agua para consumo personal y doméstico, su acceso, disposición y saneamiento acorde con la Constitución y los tratados internacionales en materia de derechos humanos de los que el Estado mexicano sea parte.
También, establecer las instancias, instrumentos y procedimientos para la participación de la Federación, entidades federativas y municipios en la tutela del derecho humano al agua; definir los mecanismos, instrumentos e instancias de participación ciudadana en el acceso equitativo y uso sustentable del agua para consumo personal y doméstico.
Además, garantizar el acceso equitativo y sustentable a los servicios públicos de agua y saneamiento, así como fortalecer las bases de su operación; fijar las bases de las políticas públicas que garanticen las perspectivas de género, discapacidad, interculturalidad, intergeneracional, ecosistémica y etaria, para fomentar condiciones de equidad en la gestión y gobernanza del agua, y promover la cultura del agua.